Cómo solicitar las vacaciones fiscales para que Hacienda no te envíe notificaciones en tu tiempo de descanso

18/08/2021by ZeroComa

Hacienda no descansa y los numerosos requerimientos a empresas y autónomos tampoco. Si no se atiende a una notificación, se está cometiendo una infracción grave y puede conllevar sanciones de cuantías elevadas. Pero ¿sabes que toda empresa y autónomo dispone de vacaciones fiscales?

El derecho a la desconexión digital está calando en el mundo laboral y cada vez son más los trabajadores por cuenta propia y empresas que necesitan tomarse un tiempo de descanso y alejarse de la actividad y rutina que requieren sus negocios. Pues bien, Hacienda concede un periodo de gracia de 30 días al año, tiempo exento de envío de comunicaciones y requerimientos.

Las empresas y autónomos que se pueden acoger a este periodo de cortesía son los que están obligados a disponer de una dirección digital para sus comunicaciones con la Agencia Tributaria. También se encuentran enmarcados los que hayan optado voluntariamente por recibir notificaciones electrónicas.

El periodo de cortesía es de 30 días por año y no hace falta que se consuman de una sola vez. Para disfrutar de los mismos es necesario comunicarlo con una semana de antelación. La gestión de este trámite puede realizarse, si se desea, por un tercero autorizado y con el certificado digital o Cl@ve PIN desde el móvil o vía web accediendo a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y desde ahí a la zona “Mis notificaciones”. Dentro, encontrarás el enlace Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada.

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