Puntos relevantes de la Ley de Factura Electrónica

14/01/2014by ZeroComa

La cuenta atrás ya ha comenzado, ¿cuáles son los aspectos más relevantes sobre la Ley de Factura Electrónica?

En el boletín anterior se incluyó un resumen de los cuestiones más relevantes de la Ley de Impulso de factura electrónica y creación del registro contable y hoy, para cerrar el año y ante la inminente publicación de la Ley, se ha considerado interesante resaltar aspectos que permitirán mejorar las relaciones entre las AAPP y sus proveedores de bienes y/o servicios.

Sin duda, la cuestión que siempre ha inquietado más a los proveedores de las AAPP y sobre todo a las Pymes y autónomos son las dificultades para saber el estado de la factura, si se está tramitando, si es correcta, el plazo previsto de pago, .. Para evitar esta inseguridad, en el preámbulo de la Ley aprobada en el Senado y pendiente de aprobación definitiva en el Congreso se justifica la creación del Registro contable que permitirá agilizar los procedimientos de pago al proveedor y dar certeza de las facturas pendientes de pago existentes.

Esto se llevará a cabo a través del control informatizado y sistematizado que favorecerá un seguimiento riguroso de la morosidad a través de un indicador, el período medio de pago que visualizará el volumen de deuda comercial de las AAPP y permitirá aplicar los nuevos mecanismos previstos en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

El procedimiento que permitirá el cumplimiento por parte de las AAPP de sus compromisos de pago será primero la anotación en el registro contable, que dará lugar a la asignación de un código de identificación de la factura. Posteriormente, el órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad, la remitirá o pondrá a disposición del órgano competente para tramitar, si procede, el procedimiento de conformidad con la entrega el bien o la prestación del servicio y continuar con el resto de actuaciones relativas al expediente de reconocimiento de la obligación, incluida, en su caso, la remisión al órgano de control competente a efectos de la preceptiva intervención previa.

A efectos de control, en la Ley de Impulso de factura electrónica y creación del registro contable se prevé que la Intervención General del Estado y los órganos de control equivalentes en los ámbitos autonómico y local tendrán acceso a la documentación justificativa, a la información que conste en el registro contable y a la contabilidad en cualquier momento. Así mismo, el órgano de control interno elaborará un informe en el que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de morosidad.

Finalmente y como novedad, se establece que los registros contables de facturas remitirán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria información sobre facturas recibidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de facturación cuyo control les corresponda.

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