- Empresas con facturación anual > 8M €
Obligación de facturación electrónica, y de informar sobre los estados de la factura 1 año después de entrar en vigor la ley.
- Empresas con facturación anual < 8M €
Obligación de facturación electrónica, 2 años después de aprobarse el reglamento.
Obligación de informar sobre los estados de la factura, 3 años después de aprobarse el reglamento.