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Ley Crea y Crece

Cumple con la nueva normativa para la emisión, recepción y gestión de facturas.

Ley Crea y Crece

Cumple con la nueva normativa para la emisión, recepción y gestión de facturas.

¿Buscas una solución de Facturación Electrónica?

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

  • Ley Crea y Crece
  • Objetivos

La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas, conocida como “Ley Crea y Crece”, es una de las reformas regulatorias incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Esta Ley incluye, entre sus disposiciones, la universalización de la obligación de Facturación Electrónica en las transacciones entre empresas y profesionales. Tal como lo indica en su artículo 12, hace obligatorio el uso de la factura electrónica a todas las transacciones entre empresas, de cualquier tamaño: micro pymes, pequeñas, medianas y grandes.

Su principal objetivo es mejorar el clima de negocios, impulsar el emprendimiento y fomentar el aumento del tamaño empresarial, así como el despliegue de redes de colaboración e interacción.

Por ello, todas sus medidas y obligaciones están dirigidas a:

  1. Agilizar la creación de empresas.
  2. Fomentar el crecimiento empresarial.
  3. Minimizar la morosidad.
  4. Fomentar la digitalización.
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Nuevos requisitos según la Ley Crea y Crece

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Plazos de implementación

Ley Crea y Crece I

  • Empresas con facturación anual > 8M €

    Obligación de facturación electrónica, y de informar sobre los estados de la factura 1 año después de entrar en vigor la ley.

  • Empresas con facturación anual < 8M €

    Obligación de facturación electrónica, 2 años después de aprobarse el reglamento.

    Obligación de informar sobre los estados de la factura, 3 años después de aprobarse el reglamento.

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Ley Crea y Crece II

  • ¿A quiénes afecta?

    Con la Ley Crea y Crece, todas las empresas en territorio español del sector privado (B2B) deberán usar la Factura Electrónica para cualquier relación comercial.

    Quedarán fuera de esta obligación las operaciones comerciales en las que una de las partes no tenga en el territorio español la sede de su actividad económica, o no tenga en el país un establecimiento permanente.

Sistema de Facturación Español

Está prevista la creación de un portal público a través del cual se puede hacer la entrega y recepción de facturas. Estará formado por las plataformas de intercambio de facturas electrónicas de carácter privado que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento y por la solución pública de facturación electrónica (SPFE), que cumplirá además la función de repositorio de facturas, y que será gestionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las empresas y los profesionales estarán obligados a emitir y transmitir las facturas electrónicas a sus clientes empresarios y profesionales y a recibirlas de sus proveedores a través de alguna de las vías que forman parte del sistema (plataformas o SPFE) siendo válidas todas ellas a los efectos del cumplimiento de la obligación.
Todos los emisores de FE que no utilicen la SPFE estarán obligados a remitir una copia fiel de cada factura, con el contenido mínimo del Reglamento de facturación, con independencia de la vía por la que hagan llegar la factura al cliente.
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La Factura Electrónica obligatoria b2b ya está aquí

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Conoce nuestra solución de Facturación Electrónica

Nuestra solución EdasInvoiZE
EdasInvoiZE permite a cualquier organización cumplir con los últimos requisitos legales y optimizar tus procesos con el mínimo impacto y a tiempo.
Recepción automática de facturas
Envío automático de facturas
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Cumple con la Ley Crea y Crece
Con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, todos los empresarios y profesionales deberán expedir, emitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales.

ZeroComa, compañía líder del mercado con más de 18 años de experiencia, más de 20.000 empresas usuarias de nuestras soluciones y más de 17 millones de facturas gestionadas anualmente.

Disponemos de la mejor tecnología para cumplir con los requerimientos de la nueva normativa de Factura Electrónica y Veri*factu
Ventajas de implementar EdasInvoiZE
Cobertura de casi el 100% de la Administración Pública.
Conexión con SAP, Oracle, Dynamics NAV y muchos más.
Ágil, sencilla e intuitiva.
Garantía de cumplimiento normativo.
Soporte experto en Tax Compliance.
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Solución de Factura Electrónica

F.A.Q.'s

Resolvemos las dudas más frecuentes a cerca de la solución de Factura Electrónica

La Factura Electrónica según la Ley Crea y Crece
  • Todos los empresarios y profesionales deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
  • Tanto el destinatario como el emisor de las facturas electrónicas deberán proporcionar información sobre los estados de cada factura electrónica.
  • Las soluciones y sistemas de facturación electrónica, así como las plataformas ofrecidas por empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica a los empresarios y profesionales deberán garantizar:
    • Interconexión e interoperabilidad gratuitas
    • Firma electrónica de las facturas electrónicas
    • Uso adecuado de las diferentes sintaxis admitidas de factura electrónica
  • El receptor de la factura electrónica no podrá obligar a su emisor a la utilización de una solución, plataforma o proveedor de servicios de facturación electrónica predeterminado.
  • Las empresas que, estando obligadas a ello, no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso de las personas que han dejado de ser clientes a sus facturas, serán sancionadas con apercibimiento o una multa de hasta 10.000 euros.
  • Según la ley crea y crece, todas las facturas deberán ser entregadas en una plataforma pública gratuita (un ejemplo es FACeB2B) que también permita el cumplimiento de la Ley 11/2021 cuyo objetivo central es evitar el fraude fiscal mediante la remisión inmediata a la Agencia Tributaria de las facturas emitidas.
  • Formatos admitidos: Facturae 3,2 y otros estándares admitidos en la Unión Europea.
¿Cuál es el objetivo de la solución de Factura Electrónica?

La factura electrónica cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles a las facturas. Además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que impide el repudio de la factura por su emisor.

¿Es la Factura Electrónica la solución para mi negocio?

La factura electrónica permite a cualquier organización, independientemente del sector, tamaño, etc., transformar su sistema de facturación y disponer de una solución que cumpla con la legislación vigente. ZeroComa, como compañía que lidera este mercado, entrega alrededor del 15 % del total de facturas que recibe la Administración Pública española desde 2015.

¿Cuáles son los detalles de nuestra solución EdasInvoiZE?

En ZeroComa nos hemos posicionado como una de las empresas líderes en facturación electrónica: entregamos alrededor del 15 % del total de facturas que recibe la Administración Pública española desde 2015 y estamos integrados con la mayoría de las plataformas públicas, lo que garantiza una cobertura superior al 98% de la Administración Pública.

Nuestra solución está perfectamente integrada con SAP, Oracle, Dynamics NAV, AX, en definitiva, cualquiera que trabaje con Facturae.

Diseñamos software en paralelo a la tendencia por implantar mecanismos de gestión en materia fiscal y tributaria. Somos expertos en Tax Compliance. Nuestras Soluciones forman parte del ecosistema Legaltech actual, tan demandado por las empresas.

En ZeroComa hemos diseñado EdasInvoiZE, la primera solución integrada con FACe y los Puntos Generales de Entrada (PGE) en entorno Windows para dar cumplimiento a dicha Ley; además, somos expertos en facturación electrónica: RED.ES nos ha contratado la redacción del manual de integración con FACe para otros desarrolladores.

¿Cuáles son los plazos de implementación de la Ley Crea y Crece?

El uso obligatorio de la Factura Electrónica en el ámbito B2B se implementará de manera progresiva según el volumen de facturación de las empresas.

De este modo, las empresas con una facturación anual mayor a los 8 millones de euros, tendrán 1 año desde la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece para implementar la Factura Electrónica. Por su parte, todas las empresas con una facturación anual menor a los 8 millones €, contarán con 2 años para su implementación.

¿Cuándo será obligatoria la facturación electrónica entre empresas?

Se espera que la Ley Crea y Crece entre en vigor hacia finales del 2024, por lo que para finales del 2026 todas las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas estarán en la obligación de emitir y recibir Facturas Electrónicas en sus relaciones comerciales.

¿Cuál es el alcance de aplicación de la Ley Crea y Crece?

La aplicación será de caracter nacional, incluyendo comunidades forales y autónomas.

Las empresas en el terriotiro vasco que están haciendo TicketBAI, ¿tienen que hacer factura electrónica B2B como establece la nueva Ley Crea y Crece?

Sí. El nuevo sistema de facturación entre empresas se corresponde con la Ley Crea y Crece y se aplica en todo el territorio nacional. Por otra parte, TicketBAI es un requerimiento fiscal promovido por las haciendas forales lo que conllevará a las empresas afectadas por el TicketBAI a cumplir de forma complementaria con esta nueva Ley para todas sus facturas que incorporarán información adicional establecida por la norma TicketBAI.

¿Cómo será la coexistencia del sistema TicketBAI y el próximo modelo de facturación electrónica B2B en España?

Las empresas vascas, establecerán en sus procedimientos de facturación los mecanismos necesarios para cumplir tanto con TicketBAI como con Factura electrónica entre empresas. Además, éstas deberán disponer de un proveedor certificado o Software Garante para el cumplimiento TicketBAI y un proveedor certificado para el nuevo sistema de facturación electrónica entre empresas.

Una vez la nueva Ley Crea y Crece entre en vigor, ¿debo emitir facturas electrónicas a mis clientes internacionales?

No. La normativa no afecta a empresas que se encuentren fuera del territorio español, por lo que se les podrá seguir comunicando las facturas por la vía tradicional.

¿Voy a recibir facturas electrónicas de mis proveedores extranjeros?

No. Los proveedores extranjeros no serán afectados por la nueva normativa, salvo en el caso que opere en España bajo el registro de IVA.

¿La futura facturación electrónica entre empresas será totalmente paralela a VeriFactu? Es decir, ¿se tendrá que enviar a VeriFactu y al entorno de facturación electrónica escogido?

Independientemente de que la normativa de Facturación Electrónica B2B se encuentra en estado borrador, esa será la situación actualmente; será necesaria una remisión a cada uno de los sistemas.

¿En una operación entre empresarios (B2B), se deben enviar las facturas a AEAT a través de Veri*factu y luego generarlas electrónicamente para FACE? ¿Se unificarán estos reglamentos en el futuro?

Los reglamentos actuales de Veri*factu y la futura factura electrónica B2B tienen objetivos diferentes. Veri*factu está enfocado en el registro de facturación, mientras que la factura electrónica B2B tiene otros requisitos y objetivos. Por el momento, se requiere enviar a ambos sistemas en paralelo.

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