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Suministro Inmediato de Información (SII)

La mejor solución para cumplir con el IVA online.

Suministro Inmediato de Información (SII)

La mejor solución para cumplir con el IVA online.

Conéctate con Hacienda para cumplir con el SII

El Suministro Inmediato de Información (SII) es un nuevo sistema de llevanza de los libros registro del IVA y el IGIC que se realiza a través de la Sede Electrónica de Hacienda. Entró en vigor el 1 de julio de 2017 para la AEAT, el 1 de enero de 2018 para las Haciendas Forales y el 1 de enero de 2019 para la Agencia Tributaria Canaria.
El SII obliga a las empresas a declarar y enviar electrónicamente a la Plataforma dispuesta por Hacienda el detalle de las facturas a los 4 días de haber sido emitidas o contabilizadas si son recibidas, acercando el momento del registro de las facturas al de la realización efectiva de la operación económica.
SII-IVA para tu negocio
En ZeroComa hemos desarrollado una solución, EdasSII, que, con cerca de 1.000 usuarios, es una de las más destacadas y utilizadas para la gestión del SII. EdasSII es compatible con el SII de la AEAT, del SII de las Haciendas Forales y el SII de Canarias.

La Agencia Tributaria implanta un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales (SILICIE), de acuerdo con el artículo 50 del Reglamento de Impuestos Especiales. Desde el 1 de enero de 2020, la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, y en su caso, las materias primas empleadas en su obtención, se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante el suministro electrónico de los asientos contables.

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Solución de Suministro Inmediato de Información (SII)

Solución global para
Suministro Inmediato de Información (SII)

La solución idónea para cumplir con el SII

En ZeroComa ideamos EdasSII para todas las empresas que necesiten, por obligación o voluntariamente, adaptarse a este requerimiento. Nuestra solución cubre todas las necesidades de una organización para el cumplimiento del SII, con la potencia, versatilidad y sencillez que caracterizan a nuestros productos.

Diseñamos sofware en paralelo a la tendencia por implantar mecanismos de gestión en materia fiscal y tributaria. Somos expertos en Tax Compliance.

La Transformación Digital obliga a las empresas a implantar procesos digitales acordes a lo normativa actual. Las soluciones Legaltech centran su atención en esta problemática.

¿Quiénes están obligados a presentar el SII?
  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA/IGIC).
  • Grandes Empresas (facturación superior a 6 millones de euros).
  • Grupos de IVA/IGIC.
  • Los empresarios o profesionales no establecidos en España que tengan la condición de sujetos pasivos con un periodo de liquidación mensual del IVA/IGIC.
  • Cualquier sujeto pasivo no obligado que voluntariamente desee adherirse y lo notifique en la declaración censal (mod. 036).

– Todos ellos han de han de remitir la información a Hacienda en el plazo de 4 días desde la fecha de expedición de las facturas emitidas, y en un plazo de 4 días desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura para el caso de las facturas recibidas.

-Para los sujetos obligados al Suministro Inmediato de Información se suprime la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390 (415, 416, 425 y 340 en Canarias).

– Para los sujetos obligados al Suministro Inmediato de Información se amplía el plazo de presentación de las autoliquidaciones a los primeros 30 días naturales del mes siguiente al periodo de liquidación mensual.

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F.A.Q.'s

Respondemos las preguntas frecuentes sobre Suministro Inmediato de Información (SII)

¿Cuáles son los Libros Registro del SII?

Así, se irán configurando los distintos Libros Registro casi en tiempo real:

  • Facturas Expedidas
  • Facturas Recibidas
  • Bienes de inversión (no para SII Canarias)
  • Determinadas Operaciones Intracomunitarias (no para SII Canarias).
  • Cobros en metálico (sólo si se cobran de una misma entidad por encima de 6.000 € en un año)
  • Cobros (para entidades acogidas al RECC)
  • Pagos (para entidades acogidas al RECC)
  • Operaciones de Seguros
  • Agencias de Viajes
¿Cómo se envía la información al SII?

Se puede enviar de dos maneras:

  • Por vía electrónica, mediante Servicios Web basados en la intercambio de mensajes XML.
  • Cumplimentando un ‘formulario web’ para aquellos sujetos pasivos que realizan muy pocas operaciones o para facturas aisladas.
Funcionamiento de la Solución

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Utilizo el software de Zerocoma por su fácil adaptación a nuestros sistemas y la modernidad de sus herramientas corporativas.
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