Nuevas exigencias para el SII en Canarias

06/10/2025by ZeroComa

El pasado 01 de octubre entró en vigor la Orden de 10 de julio de 2025, la cual regula las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del Impuesto General Indirecto Canario (SII) a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

Principales cambios en el SII Canarias

La presente Orden que entró en vigor el pasado 01 de octubre incluye las siguientes modificaciones:

Libro registro de facturas recibidas

  • Se añade una marca opcional para identificar cuotas soportadas por bienes de inversión.
  • Nuevos campos para informar si la deducción del IGIC se ejerce en un período distinto al de registro, indicando ejercicio y período correspondiente.
  • En operaciones con carga impositiva implícita, será obligatorio detallar el tipo impositivo aplicable en caso de no estar exentas.

Declaración modelo 415:

  • Las entidades acogidas al SII deberán declarar también adquisiciones de bienes o servicios realizadas fuera de su actividad empresarial o profesional, incluso si no ejercen actividad económica.

Libros registro de facturas expedidas y recibidas:

  • Se deberán identificar operaciones sujetas a tributos específicos como el AIEM, el Impuesto sobre Labores del Tabaco, el Impuesto Especial sobre Combustibles y el Impuesto sobre Residuos.

¿Cómo cumplir con los nuevos requisitos?

En ZeroComa, como es habitual, nos hemos anticipado y hemos realizado los cambios necesarios para que nuestros sistemas permitan seguir informando el SII sin contratiempos para que nuestros clientes no se vean impactados.

Con más de 20 años de experiencia en el mercado, ZeroComa es uno de los proveedores tecnológicos más especializados en el sector.

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