Obligación de facturación electrónica, 2 años después de aprobarse el reglamento.
Obligación de informar sobre los estados de la factura, 3 años después de aprobarse el reglamento.
Obligación de facturación electrónica, 2 años después de aprobarse el reglamento.
Obligación de informar sobre los estados de la factura, 3 años después de aprobarse el reglamento.