Ámbito objetivo
Todas las facturas, o justificantes equivalentes, emitidos. Se incluyen tanto facturas B2B como B2C, y de estas facturas completas y también las simplificadas.
Todas las facturas, o justificantes equivalentes, emitidos. Se incluyen tanto facturas B2B como B2C, y de estas facturas completas y también las simplificadas.
Con la Ley Crea y Crece, todas las empresas en territorio español del sector privado (B2B) deberán usar la Factura Electrónica para cualquier relación comercial. Quedarán fuera de esta obligación las operaciones comerciales en las que una de las partes no tenga en el territorio español la sede de su...
Obligación de facturación electrónica, 2 años después de aprobarse el reglamento. Obligación de informar sobre los estados de la factura, 3 años después de aprobarse el reglamento.
Obligación de facturación electrónica, y de informar sobre los estados de la factura 1 año después de entrar en vigor la ley.
Será necesario tener un programa de Factura Electrónica que cumpla con los requisitos de la nueva normativa: Emitir y recibir facturas en formato electrónico. El destinatario tendrá que dar su consentimiento para recibirla en ese formato. Deberá autentificar el origen de la factura por un medio válido (firma electrónica o...
Además de las obligaciones habituales para conservar una factura al uso, el receptor deberá informar al remitente sobre el estado de la factura. Principalmente sobre: La aceptación o rechazo comercial de la factura y su fecha. El pago efectivo completo de la factura y su fecha.