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La publicación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, establece expresamente que “los sujetos obligados han de aplicar las medidas de diligencia debida, y estas tendrán el alcance adecuado a la vista del riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo mediante un previo análisis del riesgo que en todo caso deberá constar por escrito.
¿Quiénes están obligados?
Los sujetos obligados por esta Ley son todos aquellos relacionados en el artículo 2 de la Ley.
¿Durante cuánto tiempo y en qué formato?
Los sujetos obligados por esta Ley están obligados a conservar los documentos exigibles en aplicación de las medidas de diligencia debida en soporte óptico, magnético o electrónico, durante un periodo mínimo de 10 años desde la finalización de la relación de negocios o la ejecución de la operación.
Más información sobre la duración y formato obligados
ZeroComa y la Ley de prevención del blanqueo de capitales
Con objeto de precisar el procedimiento de conversión de los documentos que hay que conservar, en ZeroComa planteamos al SEBPLAC si se consideraba que el motor de digitalización certificada de nuestra aplicación EdasFacturas, homologada por la AEAT, cumplía con todos los requisitos que garantizaran su integridad, correcta lectura de los datos, imposibilidad de manipulación y su adecuada conservación y localización, a lo que respondieron afirmativamente.