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Solución VeriFactu

Cuenta con un programa que te ayude a cumplir con el nuevo Reglamento Verifactu de manera ágil y sencilla.

Solución VeriFactu

Cuenta con una solución que te ayude a cumplir con el nuevo Reglamento Verifactu de manera ágil y sencilla.

Nuestra solución Verifactu

Solucion verifactu InvoiZE

¿Buscas una solución de Verifactu?

¿Qué es VeriFactu?

  • VeriFactu
  • Objetivos

VeriFactu es el reglamento que establece los requisitos técnicos que deben adoptar los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) para la emisión y recepción de facturas electrónicas. Forma parte de la Ley 11/2021 conocida como la Ley Antifraude.

Nuestro programa VeriFactu cumple con todos los requisitos descritos en el reglamento. ¡Conoce más!

El Sistema VeriFactu tiene como objetivos:

  • Prevenir la manipulación y ocultación de datos contables y de facturación, facilitando el control tributario por parte de la Administración.
  • Garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación

Nuestra solución VeriFactu está certificada por la Agencia Tributaria para cumplir con estos objetivos y muchos más sin ningún inconveniente.

Solución VeriFactu

Alcance de VeriFactu

El Reglamento VeriFactu impactará a determinados colectivos que cumplan con las siguientes características:
Alcance del Reglamento VeriFactu.

Ley Antifraude

  • Ámbito objetivo

    Todas las facturas, o justificantes equivalentes, emitidos. Se incluyen tanto facturas B2B como B2C, y de estas facturas completas y también las simplificadas.

  • Ámbito subjetivo

    Empresas y profesionales que estén establecidos en territorio español y expidan facturas, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:

    • Que NO facturen exclusivamente de forma manual (sin ayuda de SIF).
    • Que NO estén adscritos a las exigencias del SII (Declaración trimestral IVA).
    • Que NO dispongan de alguna resolución en vigor de no aplicación.
  • Ámbito territorial

    Todo el territorio español, salvo las Territorios forales de País Vasco y Navarra (Ticket Bai). Se incluye Canarias, Ceuta y Melilla.

Plazos de Implementación Antifraude

  • Plazos de implementación

    Los plazos de obligatoriedad para la implementación de VeriFactu dependerá del tipo de empresa:

    1 de enero de 2026: fecha límite para que las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades tengan sus sistemas de facturación adaptados.

    1 de julio de 2026: fecha límite para que el resto de los empresarios y profesionales (incluidos los autónomos) tengan sus sistemas de facturación adaptados.

    Con nuestra solución VeriFactu cumplirás con los plazos establecidos sin inconveniente. ¡Conoce más!

Plazos de VeriFactu.

Sistema de un Programa VeriFactu

El esquema de funcionamiento de nuestra solución VeriFactu consiste en los siguientes pasos:
Funcionamiento de una Solución VeriFactu.

1. La empresa o profesional realiza una venta.

2. Se registra la transacción de venta.

3. El Sistema Informático de Facturación (SIF) procesa el registro y lo adapta para convertirlo en formato Veri*factu.

4. Se genera un comprobante (factura o ticket) con las evidencias (QR) de encadenamiento para entregar al destinatario.

4.1. En paralelo, el fichero en formato Veri*factu es enviado automáticamente a la Agencia Tributaria.

Requisitos de un Programa Verifactu

Todos los Sistemas Informáticos de Facturación deberán cumplir con los siguientes requisitos técnicos:
Requisitos de un programa VeriFactu.

¡Verifactu ya está aquí!

¡Descarga nuestro Dossier Informativo!

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Programa Verifactu

En ZeroComa hemos desarrollado InvoiZE, nuestra solución para cumplir con VeriFactu sin complicaciones y de manera sencilla.
Funcionalidades
Cumplimiento de Veri*factu
Interfaz de emisión
Envío de documentos adjuntos
Reconocimiento de texto (OCR)
Generación de facturas en PDF
Importación de facturas ¡Y mucho más!
Solucion verifactu InvoiZE
Precios Verifactu
Elige el mejor plan
InvoiZE permite a cualquier organización cumplir con los últimos requisitos legales y optimizar tus procesos con el mínimo impacto y a tiempo.

Hemos diseñado paquetes para nuestra solución VeriFactu que se ajustan a las necesidades específicas de cada empresa.

Ofrecemos tres opciones:

  • Autónomo y Micropyme
  • PYME
  • Empresas
Ventajas de la solución Verifactu
Cumplimiento normativo 100% garantizado
Automatización de procesos
Integración vía API
Más de 25 millones de facturas gestionadas.
Más de 20 años de experiencia.
Soporte técnico ¡Y mucho más!
Funcionalidades Programa VeriFactu.

Solución VeriFactu

F.A.Q.'s

Resolvemos las dudas más frecuentes a cerca de la Factura Electrónica

¿Qué es el Reglamento VeriFactu?

Es el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.

El Reglamento VeriFactu obliga a que los Software Informáticos de Facturación, en el momento de expedición de la factura, generen y guarden o remitan a la Agencia Tributaria un resumen de la factura –llamado registro de facturación– que lleva incorporada una serie de medidas de seguridad y control, como son la huella digital de sus datos, la inclusión de información del anterior registro generado (lo que permite verificar que no hay omisiones) y, en su caso, la firma electrónica del emisor del mismo. Asimismo, obligan a los SIF a que incluyan un código QR en la factura expedida, cuya lectura (por ejemplo, con la cámara de un teléfono móvil) permite a quien reciba dicha factura remitir fácilmente ciertos datos de la misma a la Agencia Tributaria, para su posible verificación.

Además de la lucha contra el fraude y la evasión fiscal, este reglamento permitirá avanzar en la digitalización de las empresas y mejorar los servicios de asistencia que la Agencia Tributaria presta a los contribuyentes, ofreciendo la posibilidad de descargar las operaciones, facilitando así la confección de los libros registro fiscales y los modelos tributarios.

La nueva norma se aplicará a todos los empresarios y por todas sus operaciones, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o de los que no tengan obligación de facturación. Por lo que se refiere a su ámbito territorial, es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral.

Requisitos de los Sistemas de Facturación según VeriFactu

Para la emisión y recepción de Facturas Electrónicas, todas las empresas deberán contar con un Sistema de Facturación que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Generación de registro de facturación de alta: todos los sistemas de facturación deberán generar automáticamente un registro de facturación de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura.
  • Remisión de los registros de facturación: el sistema informático a adoptar deberá estar en la capacidad de enviar a través de medios electrónicos a la Administración Tributaria todos los registros de facturación generados de manera continua, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente.
  • Integridad e inalterabilidad de los registros de facturación: los sistemas informáticos deberán contar con la capacidad de identificar y notificar sobre cualquier intento de alteración (ocultación, eliminación o modificación de datos) de un registro de facturación una vez generado y registrado. En caso se requiera la anulación o corrección de los datos registrados en una factura, se deberá realizar mediante un registro de facturación adicional posterior.
  • Trazabilidad de los registros de facturación: los sistemas de facturación deberán permitir el seguimiento de los datos registrados de manera clara y fiable. Para ello, deberán emitir los registros de facturación de manera encadenada y que muestren la fecha y momento en que se efectuó el registro.
  • Conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros de facturación: los sistemas de facturación deberán ofrecer un procedimiento para la descarga, volcado y archivo seguro de los registros de facturación.
  • Registro de eventos: los sistemas de información deberán registrar de manera automática las interacciones, operaciones realizadas o sucesos ocurridos durante su uso. Estos deberán poder ser consultados desde el propio sistema informático.
  • Separación en el acceso a la información: los sistemas de facturación deberán disociar el acceso a la información con trascendencia tributaria del acceso a la posible información confidencial de carácter no patrimonial.
¿Qué se considera un Sistema Informático de Facturación?

Un sistema informático de facturación (SIF) es el conjunto de hardware y software utilizado para expedir facturas mediante la realización de las siguientes acciones:

  1. Admitir la entrada de información de facturación por cualquier método. Como ejemplos típicos:
    • ­Introducir en el SIF los datos de las facturas directamente de forma manual. ­
    • Importar en el SIF los datos necesarios para expedir las facturas, cuando estos han sido capturados en otros sistemas. ­­
    • Recibir en el SIF (en línea o por lotes) mediante procesos automatizados los datos necesarios para expedir las facturas, cuando estos han sido capturados en otros sistemas.
  2. ­Conservar la información de facturación, dentro o fuera del SIF.

    Con ello se quiere decir que el producto obtenido, una vez expedida  –y, típicamente, impresa– la factura (a partir de la información del apartado anterior), no se descarta o elimina, sino que se almacena y guarda, manteniéndose en el tiempo.

  3. Procesar la información de facturación mediante cualquier procedimiento para producir otros resultados derivados, independientemente de dónde se realice dicho procesamiento (en el propio SIF o en otro sistema informático que tenga acceso a dicha información).

    Es decir, implica que la información capturada y guardada electrónicamente de las facturas expedidas sea procesada con otras finalidades, obteniendo nuevos resultados derivados de ella, como puede ser la confección de los libros registros de IVA, los libros registros de IRPF, la contabilidad o cualquier otro resultado que se utilice para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

¿A quiénes afecta el Reglamento VeriFactu?

Hay 2 tipos de colectivos afectados:

  1. Los productores y comercializadores de sistemas informáticos de facturación (SIF) en las cuestiones relativas a sus respectivas actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos destinados a ser utilizados por el colectivo que se menciona a continuación en el siguiente apartado.
  2. Aquellos empresarios y profesionales –personas físicas o jurídicas– que, estando establecidos en territorio español, expidan facturas (ver NOTA 1 aclaratoria al final de esta respuesta), siempre y cuando cumplan las 4 condiciones siguientes (lo que podría denominarse la “regla de los 4 «NO»”):
    1. Que NO facturen exclusivamente de forma manual (sin ayuda de SIF). Dicho de otro modo, que utilicen algún SIF para expedir facturas.
    2. Que NO estén adscritos, de forma obligatoria o voluntaria, a las exigencias del conocido como Suministro Inmediato de Información o SII. Ver NOTA 2 aclaratoria al final de esta respuesta.
    3. Que NO tengan su domicilio fiscal en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco o de la Comunidad Foral de Navarra. Ver más aclaraciones en la NOTA 3 al final de esta respuesta.
    4. Que NO dispongan de alguna resolución en vigor de no aplicación que les exima de cumplir con el RRSIF, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Ver NOTA 4 aclaratoria al final de esta respuesta.
¿Cuáles son los detalles de nuestro Programa VeriFactu?

En ZeroComa nos hemos posicionado como una de las empresas líderes en facturación electrónica: entregamos alrededor del 15 % del total de facturas que recibe la Administración Pública española desde 2015 y estamos integrados con la mayoría de las plataformas públicas, lo que garantiza una cobertura superior al 98% de la Administración Pública.

Nuestra solución está perfectamente integrada con SAP, Oracle, Dynamics NAV, AX, en definitiva, cualquiera que trabaje con Facturae.

Diseñamos software en paralelo a la tendencia por implantar mecanismos de gestión en materia fiscal y tributaria. Somos expertos en Tax Compliance. Nuestras Soluciones forman parte del ecosistema Legaltech actual, tan demandado por las empresas.

En ZeroComa hemos diseñado InvoiZE, la primera solución integrada con FACe y los Puntos Generales de Entrada (PGE) en entorno Windows para dar cumplimiento a dicha Ley; además, somos expertos en facturación electrónica: RED.ES nos ha contratado la redacción del manual de integración con FACe para otros desarrolladores.

¿Cómo se debe tratar una factura errónea usando VeriFactu?

Se debe emitir una factura rectificativa o realizar una operación de anulación si la factura fue emitida por error. También se puede generar un registro de subsanación si no se requiere una factura rectificativa, asegurando siempre la trazabilidad y conservación de los registros originales.

¿Se necesita la app móvil para comprobar un QR? ¿Habrá validación web?

El cotejo de QR se puede hacer desde cualquier dispositivo con cámara. La APP de la AEAT es una garantía adicional, pero no es necesaria.

¿Cómo se maneja la trazabilidad para un mismo obligado tributario con bases de datos independientes en diferentes ubicaciones?

El encadenamiento no es único por obligado tributario; puede tener varios SIF, cada uno con su propio encadenamiento.

¿Es necesario mantener la trazabilidad al transmitir facturas a una asesoría externa?

No es necesario. La trazabilidad se circunscribe al SIF. Una vez generados y firmados/remitidos a la AEAT, el reglamento no regula lo que se haga posteriormente con los registros de facturación.

¿Qué se entiende por modificar una factura

Se pueden subsanar datos (tipo registro Sustitutivo) siempre que el reglamento de facturación no requiera emitir una factura rectificativa. Si el dato modificado no está en el registro de facturación generado y firmado/remitido (ni afecta a ninguno de los campos de este), no se necesita subsanar el registro de facturación.

¿Se pueden generar facturas con fecha anterior a la actual?

Sí, es posible a través del campo «Fecha de operación», que puede ser distinta de la «Fecha de expedición».

¿Qué pasa si un cliente usa un sistema que remite a SII pero el mismo sistema permite VeriFactu?

Si un cliente está en SII, debe usar un SIF que cumpla con los requisitos del SII. Un sistema que puede manejar ambos no debería enviar Veri*factu para clientes que están en SII. La responsabilidad de cumplir con la normativa adecuada es del cliente.

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