Nuevos plazos de entrada en vigor para Veri*factu

03/12/2025by ZeroComa

Este miércoles 03 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto 15/2025, el cual oficializa el aplazamiento de la entrada en vigor del Reglamento Veri*factu.

Nuevas fechas para Veri*factu

Con la publicación del Real Decreto 15/2025, se aprueba la modificación de la Disposición final cuarta del Real Decreto 1007/202. De este modo, se amplía el plazo que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación a los requisitos de dicho Real Decreto.

Con ello, las nuevas fechas de entrada en vigor del Reglamento Veri*factu son:

  • 01 de enero del 2027 para las Personas Jurídicas sujetas al Impuesto de Sociedades.
  • 01 de julio del 2027 para las Personas Físicas.

Es así como las fechas previamente establecidas, 01 de enero del 2026 para las Personas Jurídicas sujetas al Impuesto de Sociedades, y 01 de julio del 2026 para las Personas Físicas, quedan inaplicables.

¿Qué cambia con el Real Decreto?

Tal como se menciona en el Real Decreto 15/2025, la única modificación que se llevará a cabo será en los plazos de implementación previamente establecidos. Tanto la naturales del reglamento, así como sus normas de desarrollo no se verán afectadas.

Asimismo, este aplazamiento no anula la obligatoriedad de que todos los Softwares de Facturación ya deben cumplir con los requisitos técnicos de Veri*factu para ser comercializados.

No esperes para cumplir con Veri*factu

Desde ZeroComa, recomendamos a las empresas no esperar hasta el final para implementar Veri*factu y empezar el año con una evaluación de proveedores o socios tecnológicos que las ayuden a cumplir con la nueva normativa.

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